Un cambio en el Código Penal aprobado en diciembre permite a los defraudadores eludir la prisión con el pago de la cantidad adeudada a Hacienda y una multa siempre inferior a esa cantidad
El pago puede realizarse en un plazo hasta dos meses tras la imputación del defraudador con un amplio margen desde el descubrimiento del delito
El
Gobierno ha puesto fácil a los grandes defraudadores no pisar la
cárcel.
Un cambio en el Código Penal en materia de transparencia y lucha
contra el fraude fiscal aprobado en diciembre y en vigor desde mediados
de enero reduce notablemente las penas de prisión a cambio del pago de
la cantidad adeudada y una multa que en ningún caso superará la cuantía
de la deuda.
Defraudar más de 120.000 euros a
Hacienda o la Seguridad Social es delito en nuestro país. Si el fraude
es descubierto, la pena que debe aplicarse, según el artículo305.1 del
Código Penal es de 1 a 5 años de prisión y una multa que puede alcanzar 6
veces la cantidad defraudada.
La modificación
aprobada a finales del año pasado permite a los defraudadores, incluidos
los de mayor rango, reducir la pena de prisión a menos de un año, de
forma queno sea necesario pisar la cárcel, tras pagar su deuda
tributaria más una multa que no supere la cantidad adeudada en un plazo
de dos meses.
El recientemente aprobado artículo 305.6 del Código Penal, publicado en el BOE el pasado 28 de diciembre,
es el que concreta todas estas ventajas, sin comparación con otros
delitos similares. El texto señala que el pago de la cantidad adeudada y
la multa correspondiente deberá realizarse en un plazo máximo de dos
meses desde que el defraudador reciba la citación como imputado, algo
que sucede tiempo después de que se haya iniciado el proceso penal.
Cuando se cumpla ese plazo, la multa que deberá sumarse a la devolución
de lo defraudado no superará en ningún caso esa misma cantidad. De
hecho, podrá ser la mitad o incluso una cuarta parte. A cambio del pago,
la pena de prisión quedará siempre por debajo de un año y podría
incluso llegar a los tres meses. Sin antecedentes, la ejecución de la
pena quedará suspendida y el defraudador eludirá la cárcel.
Jacobo Dopico Gómez Aller, Profesor Titular de Derecho Penal en la Universidad Carlos III de Madrid, denuncia en un artículo en Zona Crítica
que este cambio legislativo destruye “cualquier posibilidad de que el
derecho penal tributario llegue a tener en España una mínima capacidad
intimidatoria” y considera que sus consecuencias se sufrirán durante
años. Según Gómez Aller, la modificación “introduce unos incentivos
extraordinarios para que se cometan nuevos fraudes tributarios”.
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